Subvenciones de capital: cómo se contabilizan a nivel contable

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Una pyme o un autónomo puede recibir muchos tipos de subvenciones. Existen ayudas públicas que consisten en préstamos a unos intereses y condiciones más ventajosas. Otras subvenciones, sin embargo, están asociadas a las unidades vendidas de una unidad de producción (ya sea un producto o un servicio). También existen subvenciones por contratar a un colectivo determinado, por ejemplo personas con alguna minusvalía o ligadas a la conversión de contratos eventuales en fijos.

 

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Los dos grandes grupos de subvenciones: de capital y de explotación

De cara a su contabilización y tratamiento es importante distinguir entre dos tipos de subvenciones:

  1. Subvenciones de capital. Se conceden básicamente para adquirir bienes o para gastos estructurales de la empresa.
  2. Subvenciones de explotación. Son ayudas que se otorgan para compensar un déficit de explotación o la obtención de una rentabilidad demasiado pequeña o insuficiente.

  En este post desarrollaremos el primer tipo: las subvenciones de capital.

¿Qué son las subvenciones de capital y cómo se contabilizan?

Como hemos dicho, las subvenciones de capital se conceden para dos cosas:

  • Ayudar a una empresa a adquirir algún tipo de bien inmovilizado, por ejemplo equipos de informática.
  • Financiar gastos estructurales relacionados con el establecimiento de la empresa, por ejemplo acondicionar un local para la realización de una determinada actividad.

A nivel contable, la subvenciones de capital se contabilizan de un modo distinto si se trata de una subvención reintegrable o no reintegrable. subvenciones de capital

La subvención reintegrable

Se considera que una subvención es reintegrable cuando es necesario que en la empresa se den una serie de condiciones para que sea concedida. Si estas condiciones no se dan o dejan de producirse, el beneficiario estaría obligados a devolverlas. Por ejemplo: subvenciones para creación de empleo o mantenimiento del mismo, ayudas para poder establecerse como trabajador o profesional autónomo o subvenciones vinculadas al ejercicio de la actividad durante un periodo de tiempo mínimo. Las características de este tipo de subvenciones son:

  • En principio, las subvenciones que tengan carácter de reintegrables se contabilizan como pasivos de la empresa hasta que adquieran la condición de no reintegrables. Esto significa que figurarán como cantidades pendientes de devolución.
  • Una vez se hayan cumplido las condiciones establecidas, estas ayudas pasan a ser no reintegrables.

La subvención no reintegrable

Este tipo de devoluciones no tienen que ser devueltas por el usuario y se contabilizan de la siguiente forma:

  • En primer lugar se contabilizan a modo de ingresos directamente imputados al patrimonio neto.
  • Después se trasladan a la cuenta de pérdidas y ganancias, relacionándose como gastos derivados derivados de la subvención.
  • Si se trata de un elemento amortizable el resultado que se apunta es el mismo porcentaje de la subvención.
  • Sino existe amortización, el importe recibido de la subvención se tiene que imputar de manera íntegra.
  • Si por el contrario se trata de un elemento susceptible de amortización se aplicará una reducción del 40% de los rendimientos obtenidos a lo largo del tiempo.

Las subvenciones suponen una gran oportunidad para empezar, consolidar o hacer crecer una negocio, establecerse como autónomo o poner en marcha una pyme. Así que vale la pena informarse adecuadamente sobre las mismas, asesorándose por un experto si es necesario.